Acusados Por El Caso Colectivos Fueron Declarados Culpables

Entre ellos María Rodríguez exfuncionaria de la Seremi
Luego de 20 jornadas desarrolladas en el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco, los jueces Jorge González Salazar, José Ignacio Rau Atria y Luis Sarmiento Luarte, declararon culpable a María Alejandra Rodríguez Henríquez, la exfuncionaria de la Seremi de Transportes en La Araucanía, por los delitos de cohecho y falsificación de instrumento público, junto con otros cinco condenados por el delito de soborno.
Los jueces dieron por acreditado que entre enero de 2015 y diciembre de 2016, Rodríguez “ejecutó diversas acciones por medio de las cuales solicitó o aceptó para sí recibir beneficios económicos, para ejecutar actos con infracción a los deberes de su cargo”, además de faltar a la verdad en “la narración de hechos sustanciales”, ambas faltas en carácter de reiterado.
Asimismo, los cargos que enfrentaba Rodríguez por los delitos de lavado de activos y adulteración maliciosa del sistema de tratamiento de información, fueron desestimados. Sin embargo el tribunal declaró culpables a los empresarios Heinz, Roland y Kurt Ketterer, Previsto Vásquez y Víctor Gutiérrez, por el delito de soborno en carácter de reiterado.Por otra parte, la expareja de Rodríguez, Gerardo Jara Fernández, fue absuelto de los cargos de delito de lavado de activos y mostró alivio por su sentencia. Si bien dijo que emprenderá acciones judiciales como seguimiento a su participación en la causa, reparó en que aún se encuentra “masticando todavía lo que pasó”.
Gaspar Calderón, el abogado defensor de la imputada María Alejandra Rodríguez, se mostró conforme con la sanción. “Entendemos que pueden ser penas sustitutivas, la imputada reconoció los hechos, no se puede desconocer lo que está a la vista de todo, y por lo tanto al ser absuelto de dos de los cuatro delitos de los que fuimos acusados, nos parece un importante logro”, indicó Calderón.
En tanto el abogado Christian Soto, defensor de Heinz, Roland y Kurt Ketterer, no quedó conforme con el fallo y dijo que “Siempre se ha manifestado que ellos hicieron relaciones comerciales lícitas”, agregando que los empresarios tienen más de 30 vehículos a su haber. “El resto de vehículos deben haberse vendido, enajenado, pero ya no están en su dominio”.
Igualmente el fiscal Ricardo Gutiérrez, no se mostró conforme del todo con la resolución, pues pidió una pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo por el delito de falsificación de instrumento público y tres años y un día de presidio menor en su grado máximo por el delito de cohecho.
Gutiérrez dijo que revisará en detalle los argumentos del tribunal, “porque teníamos la convicción de que en definitiva también existía el delito de lavado de activos”.
Fuente: soychile.cl