• 28 de noviembre de 2024

Arresto Domiciliario Y La Prohibición De Acercarse A Las Víctimas A Imputados Por Usurpación Violenta De Predios

 Arresto Domiciliario Y La Prohibición De Acercarse A Las Víctimas A Imputados Por Usurpación Violenta De Predios

La Corte de Apelaciones de Temuco ordenó el arresto domiciliario parcial nocturno y la prohibición de acercarse al lugar de los hechos, a las víctimas, sus domicilios o cualquier lugar en que estas se encuentren a Juan Benjamín Queupumil Gómez y Héctor Mauricio Curamil Huehuentro, imputados por el Ministerio Público como autores de los delitos consumados de usurpación violenta, daños y hurto simple y, en el caso de Queupumil Gómez, además como autor de amenazas reiteradas. Ilícitos que habrían perpetrado a partir de noviembre del año pasado, en la comuna de Padre Las Casas.

En fallo dividido (causa rol 971-2021), la Sala de Turno del tribunal de alzada revocó la resolución de primera instancia, dictada el 22 de octubre recién pasado por el Juzgado de Garantía de Temuco, que decretó la prisión preventiva de los imputados.

 “Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia y previo debate, esta Corte, por voto de mayoría, considerando que efectivamente los ilícitos que están siendo objeto de investigación y formalización, por una suerte de prospección de la sanción, pueden ser cumplidos en libertad, estimando que aplicar una medida cautelar tan gravosa como la prisión preventiva resulta desproporcionado por la proyección que implica el reproche penal, atendida la inexistencia de reproches penales preteriros, razón por lo que estas circunstancias y el contexto de los hechos permiten resguardar los derechos y la seguridad de la víctima por otros medios”, consigna la resolución.

Por tanto, se resuelve que: “SE REVOCA la resolución de fecha veintidós de octubre de dos mil veintiuno, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de los imputados JUAN BENJAMÍN QUEUPUMIL GÓMEZ y HÉCTOR MAURICIO CURAMIL HUEHUENTRO, y se disponen, en su lugar, las siguientes medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal, arresto domiciliario parcial en sus domicilios, desde las 20:00 a 08:00 horas del día siguiente, prohibición de acercarse al lugar de los hechos, a las víctimas, sus domicilios o cualquier lugar en que estas se encuentren, debiéndose comunicar por parte de las defensas, ante el tribunal a quo, el domicilio para los efectos del cumplimiento de la cautelares, sin perjuicio de las medidas que fije el tribunal a quo pormenorizadamente para el fiel cumplimiento de las medidas impuestas por esta Corte”.

Decisión acordada con el voto en contra del presidente de sala, quien estuvo por confirmar la resolución apelada, por compartir que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de las víctimas.

Los hechos

Según el ente persecutor, a las 06:00 horas del 23 noviembre de 2020, un grupo indeterminado de sujetos liderado por los imputados, sin contar con autorización de los dueños, ingresaron a los fundos Casa Teja y Puente Largo, ubicados entre el kilómetro 4,5 y 5,5 de la Ruta S-51 de la comuna de Padre Las Casas, usurpando violentamente dichos predios hasta el día de hoy. Periodo en el cual han ejecutado acciones como propietarios; tales como: la construcción de viviendas de material ligero, levantar un rehue, ingresar animales para pastura y siembras agrícolas, entre otros, además de desplegar lienzos y letreros con leyendas alusivas a la recuperación territorial.

Asimismo, habrían procedido a destruir y/o desmantelar construcciones del fundo Casa Teja (una vivienda y bombas de agua); a sustraer planchas de zinc y maderaje de una medialuna y galpones. Daños avaluados en $259.000.000.

También, desde el 23 de noviembre de 2020 y hasta la fecha de su detención, en horas y fechas indeterminadas, los imputados habrían liderado, sin autorización de los dueños del fundo Casa Teja, a un grupo que se dedicó a talar y sustraer 3.600 metros cúbicos de madera de la especie eucalyptus nitens (eucalipto), equivalentes a 2.216 metros ruma, avaluados en $68.572.000.

Finalmente, en diversas fechas y lugares, el imputado Queupumil Gómez habría realizado amenazas a integrantes de las familias Clavel y Neira, dueñas de los predios usurpados, instándolos a retirarse del lugar y a no recurrir a Carabineros para hacer denuncias o solicitar desalojos.

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Juan Carlos Stone

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