Condenan Con Libertad Vigilada A Autor De Abuso Sexual

El Tribunal Oral en lo Penal de Temuco condenó a un hombre a una pena de 3 años y un día.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco condenó –el viernes 13 de enero recién pasado– a Juan Carlos Beroíza Machuca a la pena de 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva por igual lapso, en calidad de autor del delito consumado de abuso sexual de la menor J.A.T.Z., alumna de enseñanza básica. Ilícito perpetrado al interior de la escuela Llaima de la ciudad, entre 2009 y el primer trimestre de 2010.
En fallo unánime (causa rol -246-2017), el tribunal –integrado por los magistrados María Georgina Gutiérrez Aravena (presidenta), José Ignacio Rau Atria y Juan Bladimiro Santana Soto (redactor)– aplicó, además, a Beroíza Machuca las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, la interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa, y la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena.
Asimismo, el tribunal condenó a Juan Carlos Beroíza a las penas accesorias especiales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad. Asimismo, quedó con la prohibición de visitar el establecimiento educacional de la ofendida, como aproximarse a ella o a su familia durante el tiempo que dure la condena.
Una vez ejecutoriado el fallo, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
Fallo que dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, “que, en al menos una ocasión, durante el transcurso del año 2009 y primer trimestre del año 2010, la víctima de iniciales J.A.T.Z, nacida el 30 de octubre de 1998, quien cursaba 5° y 6º básico -durante la época citada- en la Escuela Llaima, ubicada en calle Coquimbo N° 745 de Temuco, en un recreo, fue llamada por el acusado Juan Carlos Beroíza Machuca -quien se desempeñaba como auxiliar de dicho establecimiento- a la parte posterior del patio del recinto educacional señalado, procediendo en dicho lugar a realizar acciones de significación sexual y de relevancia en perjuicio de la menor”.