5 diciembre, 2023

Corte Confirma Absolución De Domingo Cofré En Caso Hagan

 Corte Confirma Absolución De Domingo Cofré En Caso Hagan

TribunalLa Corte de Apelaciones de Temuco rechazó hoy –miércoles 9 de marzo– el recurso de nulidad interpuesto por el Ministerio Público en contra de la sentencia que absolvió  a Domingo Cofré  Ferrada por el homicidio calificado de la psicóloga estadounidense Erica Hagan y el incendio del departamento que habitaba la víctima, perpetrado la madrugada del 5 de septiembre del  2014, al interior del Colegio Bautista de la capital regional.

En fallo dividido (causa 33-2016), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Luis Troncoso Lagos, Aner Padilla Buzada y María Elena Llanos Morales– rechazó la acción judicial y confirmó la resolución dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco, el 23 de diciembre pasado.

El fallo apelado dio por acreditado que “la madrugada del 5 de septiembre de 2014, la  joven  norteamericana  Erica Faith Hagan (de 22 años), falleció al interior del Colegio Bautista de Temuco, producto  de  la  acción brutal   de   terceras personas,   en   circunstancias   extrañas.  Asimismo, se  acreditó  que a fin  de  eliminar evidencias se produjo un foco  de  incendio  en  el  sitio  del suceso,  el  que  por  razones ignoradas no  se propagó  mayormente.  Sin  embargo,  estos  sentenciadores  se  hacen  el  deber  de señalar que pese a los esfuerzos destinados a buscar la verdad de lo sucedido, de parte del órgano estatal de persecución penal, en cuanto a la participación criminal se refiere, ello ha resultado absolutamente insuficiente e inocuo”.

Criterios que ratificó el tribunal de alzada, “que formó su convicción sobre la base de la prueba producida durante el juicio oral, que en el caso no existe certeza alguna de la participación del acusado (el técnico jurídico Domingo Javier Cofré Ferrada, quien se desempeñaba con rondín del establecimiento donde sucedieron los hechos)….

Por estas consideraciones se rechaza el recurso de nulidad deducido por el Ministerio Público, en contra de la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco, la que en consecuencia no es nula. Decisión acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Luis Alberto Troncoso Lagos, quien estuvo por acoger el recurso de nulidad” señala el fallo, redactado por la fiscal judicial Tatiana Román Beltramín.

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