• 14 de noviembre de 2024

Corte Ordena a APRA Borrar Comentarios Ofensivos Contra Comuneros de Padre Las Casas

La acción legal fue presentada por
por una serie de comentarios publicados en las redes sociales de APRA contra integrantes de dos comunidades mapuches.

La Corte de Apelaciones de Temuco acogió un recurso de protección presentado por comunidades mapuches de Padre las Casas en contra de la Asociación para la Paz y la Reconciliación en La Araucanía (APRA),  ordenando la eliminación de redes sociales de una serie comentarios, en donde se califica de violentistas a los comuneros mapuches.

La acción legal fue presentada ante el Tribunal de Alzada, por integrantes de las comunidades mapuches, cacique Antonio Pichulmán y Juan Queupucura, de Padre las Casas, en contra de Francisco Antonio Allanis Porcella, a quien se identifica como vocero y representante de APRA.

Esta situación tiene su origen tras un incidente que ocurrió el 2 de noviembre de 2020, en el acceso al fundo Huichahue, ubicado en Padre Las Casas, en donde una hija del actual propietario del predio habría discutido con los comuneros que reclaman la propiedad del terreno. En esa instancia ella les tomó fotos sin autorización, las que posteriormente fueron subidas a las redes sociales de APRA, provocando diversos comentarios racistas en contra de los comuneros.

Los Ministros de la Segunda Sala de la Corte sostienen en el fallo que «sobre el particular, conviene tener presente que, dentro del derecho a la honra, la publicación realizada por APRA en la red social ya aludida, en el considerando Segundo, ha vulnerado el derecho a la honra de los recurrentes, desde el momento que se publica en una red social afirmaciones deshonrosas a su respecto, que distorsionan el concepto público que se tiene del individuo (…). Que, conforme a lo anteriormente razonado, la libertad de expresión no tiene un carácter absoluto y, por cierto, se encuentra limitada por el derecho al honor que les asiste a los recurrentes por las expresiones calificativas de sus personas que se han vertido en una red social pública».

Al mismo tiempo rechazaron acoger el mismo recurso en contra de la hija del actual propietario del fundo Huichahue.

«De conformidad a los antecedentes anotados y en relación a la recurrida Sra. Patricia Vallette Gudenschwager, no se aprecia del mérito de lo expresado por las partes, hechos que le resulten atribuibles, pues se observa del libelo que no se le puede imputar directamente la comisión de los hechos que motivan el recurso, no habiendo la recurrida, publicado fotografía alguna, relacionada con la garantía que se expresa vulnerada en el presente recurso», argumenta la decisión de los Ministros.

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Juan Carlos Stone

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