29 septiembre, 2023

Diputado Saffirio Ingresa Proyecto Que Busca Terminar Con Los Abusos En Contratos a Distancia

 Diputado Saffirio Ingresa Proyecto Que Busca Terminar Con Los Abusos En Contratos a Distancia

Diputado Saffirio ingresando el proyecto.
El diputado DC señaló que hoy “los consumidores son engañados y ante lo engorroso del reclamo muchas veces callan; hoy no existen respaldos válidos y esto ha facilitado múltiples abusos”.

Un proyecto de ley, que modifica la actual ley del consumidor, que busca regular la situación de los contratos a distancia y que han generado todo tipo de abusos, especialmente en el área de la telefonía, ingresó hoy el diputado DC René Saffirio.

Consultado  sobre la iniciativa, el parlamentario DC explicó que “con este proyecto, sólo serán válidos los contratos que cuenten con una aceptación explícita, por escrito , evitando de esta forma esta suerte de robo hormiga que se ha generado con los contratos por teléfono que muchos afectados dicen nunca haber aceptado, especialmente con los carrier”.

Agregó que “lamentablemente, hoy, los consumidores son engañados y ante lo engorroso del reclamo muchas veces callan; hoy no existen respaldos válidos y esto ha facilitado múltiples abusos. Son miles las familias que han sido víctimas de este tipo de fraude, pues, sin aceptar contrato alguno, comienzan a ver reflejadas en sus cuentas, cifras y cobros absolutamente
injustos”.

Sobre las multas, Saffirio explicó que “hoy, los proveedores que incurren en infracción de la Ley Nº 19.496 Sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, tienen como sanción una multa hasta las 50 unidades tributarias mensuales. Nos parece que la situación planteada es de tal gravedad, pues vulnera particularmente los derechos a la libre elección y a la información veraz y oportuna de los bienes y servicios, que estimamos necesario aumentar significativamente la sanción cuando se trate de ofertas del proveedor cuya aceptación está en tela de juicio por parte del consumidor, aumentando la sanción a las 100 unidades tributarias mensuales como máximo”.

Agregó que “se sancionará, además, al proveedor que ha incurrido en esta infracción, con la obligación de reembolsar los cobros hechos al consumidor como consecuencia del supuesto contrato”.

 

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