Fallo favorable del INDH de La Araucanía: Corte de Apelaciones de Temuco protege derechos de camarógrafo vulnerado por Carabineros

 Fallo favorable del INDH de La Araucanía: Corte de Apelaciones de Temuco protege derechos de camarógrafo vulnerado por Carabineros

En un importante fallo que marca un precedente en la protección de los derechos fundamentales, la Corte de Apelaciones de Temuco ha acogido el recurso de amparo presentado por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) de La Araucanía a favor de un camarógrafo que fue vulnerado durante un operativo policial llevado a cabo el 15 de marzo pasado en el sector Púa de la Ruta 5 Sur.

La decisión judicial instruye a Carabineros a respetar el derecho fundamental a la libertad personal, especialmente de aquellos que desempeñan labores periodísticas durante manifestaciones y operativos policiales. El tribunal destaca la importancia de salvaguardar el ejercicio de la libertad de prensa, vital para el funcionamiento de un Estado democrático de Derecho.

El caso se remonta a una mañana en la que profesionales del canal UATV, perteneciente a la Universidad Autónoma de Temuco, se encontraban cubriendo un operativo policial debido a manifestaciones de agricultores en la Ruta 5 Sur. En medio de esta cobertura, el camarógrafo de UATV fue detenido por Carabineros, impidiéndole continuar con su labor periodística.

La Corte de Temuco, en su fallo, señaló que el camarógrafo fue llevado «contra su voluntad a un vehículo policial, impidiéndole continuar con el desempeño de su cargo, en una situación de evidente interés noticioso». Esta acción constituyó una clara vulneración de su derecho a la libertad personal.

En consecuencia, la Corte instruye a Carabineros a respetar los procedimientos establecidos para evitar afectaciones a la libertad personal de personas que no estén participando en manifestaciones que atenten contra el orden público, especialmente aquellos desempeñando labores periodísticas.

El fallo también hace referencia a normativas internacionales de derechos humanos, respaldando la prohibición de trasladar a una persona contra su voluntad, a menos que exista una autorización normativa en sentido contrario.

Este fallo es celebrado por el INDH y por la comunidad periodística, ya que consolida la protección de los derechos fundamentales en situaciones de cobertura informativa en contextos de manifestaciones y operativos policiales.

Javiera López Alvarado

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