• 18 de noviembre de 2024

Juzgado de Collipulli ordena a Gendarmería proteger derechos de personas mapuche en cárcel de Temuco

 Juzgado de Collipulli ordena a Gendarmería proteger derechos de personas mapuche en cárcel de Temuco

El tribunal acoge el amparo del INDH de La Araucanía, garantizando el acceso a derechos culturales y espirituales de dos personas mapuche recluidas en la cárcel de Temuco.

El Juzgado de Garantía de Collipulli ha tomado una decisión trascendental en el ámbito de los derechos humanos al acoger un recurso de amparo presentado por la sede de La Araucanía del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH). El fallo del tribunal ordena a Gendarmería, el servicio encargado de la custodia de las cárceles, que garantice el respeto y acceso a los derechos culturales y espirituales de dos personas mapuche que se encuentran recluidas en el Centro de Cumplimiento Penitenciario (CCP) de Temuco.

El motivo del recurso interpuesto por el INDH radica en la negativa de Gendarmería de permitir a estas personas el uso de sus vestimentas tradicionales al interior del centro penitenciario, así como el ingreso de un machi, autoridad espiritual, para atender sus necesidades de salud. Además, se solicitaba la autorización para el ingreso de lawen, un líquido utilizado en la medicina tradicional mapuche.

El fallo del Juzgado de Collipulli resalta la importancia de garantizar el acceso a los derechos espirituales y culturales de las personas privadas de libertad, así como el resguardo de su integridad física y psíquica y su libertad de culto. En este sentido, se ha instruido a la cárcel de Temuco para que autorice el uso de la vestimenta tradicional mapuche y permita el ingreso de un machi y de lawen.

El jefe regional del INDH de La Araucanía, Federico Aguirre, ha valorado positivamente esta decisión judicial, destacando que se trata de un paso importante en el reconocimiento y respeto de los derechos individuales y colectivos de las personas pertenecientes a pueblos indígenas. Aguirre subrayó que estas medidas no son beneficios, sino derechos fundamentales respaldados por obligaciones jurídicas internacionales que el Estado se comprometió a respetar, garantizar y proteger.

La decisión del tribunal constituye un avance significativo en el camino hacia la igualdad y el respeto de la diversidad cultural en el sistema penitenciario chileno, sentando un precedente importante en la protección de los derechos de las personas indígenas privadas de libertad.

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Javiera López Alvarado

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