Más De 300 Reos En La Araucanía Podrán Optar Al Indulto General Conmutativo Aprobado Por El Congreso

La Seremi de Justicia, Javiera Sabugo, indicó que esta reforma permitirá hacer un uso racional de las cárceles en Chile.
En la región de la Aruacanía más de 300 internos se verían beneficiados por el proyecto de Ley General de Indulto Conmutativo aprobado ayer por el Congreso que favorecerá a unos 6 mil reclusos del país.
En este sentido, la Seremi de Justicia Javiera Sabugo señaló que “la reforma recientemente aprobada permitirá hacer un uso racional de las cárceles de nuestro país y especialmente de la Araucanía, siempre respetando la seguridad pública. Es una iniciativa que permitirá mejorar la gestión al interior de las cárceles como parte de la nueva política penitenciaria que impulsa el gobierno”.
Cabe destacar que las iniciativas que fueron despachadas por unanimidad en la sala del Senado, tras ser revisadas en una comisión mixta, y que hoy fueron vistas por la Cámara, favorecerá – en el caso del indulto- a aquellas personas infractoras de la ley penal que cumplen condena de reclusión nocturna por delitos menores o que tienen una salida controlada al medio libre; a extranjeros con residencia ilegal; y, a mujeres que han cumplido con dos tercios de la pena, con conducta sobresaliente bajo estrictos criterios de selectividad.
Respecto a la conmutación, sólo podrán acceder al indulto quienes asuman un compromiso de no delinquir. Si dentro de los años siguientes cometen un nuevo delito, deberán cumplir no sólo la pena que les corresponda por el nuevo delito, sino también el saldo de la pena conmutada. Adicionalmente, quedarán sujetos a un régimen de control de Gendarmería por hasta un plazo máximo de 3 años.
Cambios al régimen de libertades condicionales: salen los Seremis de Justicia
Un segundo proyecto, que también fue despachado con amplia mayoría por los diputados, y que también quedará en condiciones de ser publicado como ley de la República, previo paso por el Tribunal Constitucional, es el que modifica el actual régimen de otorgamiento de las libertades condicionales.
Asimismo, saca del actual proceso de otorgamiento de las libertades a los secretarios regionales ministeriales de Justicia del país, dejando esta decisión a los órganos técnicos de Gendarmería (tribunal de conducta de reos) y a las comisiones de las respectivas Cortes de Apelaciones que se constituyen durante los meses de abril y octubre de cada año. Así, su ratificación pasará por un instrumento técnico-jurídico y no político.
En Chile, la regulación de las libertades condicionales se rige por el Decreto Ley N° 321 del año 1925, y por su reglamento aprobado por Decreto Supremo del Ministerio de Justicia Nº 2442, de 1926.