Ordenan El Reingreso A Prisión Preventiva De Imputado Por Incendio De Repartición Municipal De Villarrica

 Ordenan El Reingreso A Prisión Preventiva De Imputado Por Incendio De Repartición Municipal De Villarrica

La Corte de Apelaciones de Temuco decretó hoy –miércoles 4 de agosto– el reingreso en prisión preventiva de Gastón Eliecer Quezada Collinao, imputado por el Ministerio Público como autor de los delitos consumados de incendio, ultraje a símbolo patrio, desórdenes y poner en peligro la salud pública. Ilícitos que habría perpetrados el 8 de febrero pasado, en el centro de Villarrica.  

En fallo unánime (causa rol 735-2021), la Primera Sala del tribunal de alzada revocó la resolución impugnada, dictada por el Juzgado de Garantía de Villarrica, que rebajó la cautelar dictada en febrero a Quezada Collinao y decretó, en su lugar, el arresto domiciliario total, la prohibición de acercarse a la Municipalidad de Villarrica y el arraigo nacional del imputado.

“Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, teniendo presente que desde la última oportunidad en que esta Corte revisó la medida cautelar de prisión preventiva impuesta, no han variado en forma alguna las circunstancias que se tuvieron en vista para modificar tal medida cautelar”, consigna la resolución.

Por tanto, se resuelve que: “SE REVOCA la resolución apelada de fecha veintiocho de julio de dos mil veintiuno, que sustituyó la prisión preventiva por arresto domiciliario total y en su lugar se declara que se mantiene la antedicha medida cautelar al imputado GASTÓN ELIECER QUEZADA COLLINAO, por cuanto su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad”.

Los hechos

Según el ente persecutor, alrededor de las 22 horas del lunes 8 de febrero de 2021, Quezada Collinao se encontraba al exterior de dirección municipal de desarrollo comunitario, ubicada en calle Pedro Montt 530 de la ciudad de Villarrica, lugar donde el imputado tomó un elemento que ardía en una barricada, el cual arrojó al interior del inmueble, provocando un incendio que se extendió por la pared y techo de la repartición, con riesgo de propagación a otros edificios colindantes, quemando mobiliario, equipos computacionales, archivadores y documentación, entre otros. Siniestro que fue controlado por la oportuna intervención de bomberos y que provocó daños por $160.000.000 (ciento sesenta millones de pesos), según avalúo del municipio.

Posteriormente, en el contexto de las manifestaciones que se estaban produciendo en el frontis de la municipalidad, Quezada Collinao procedió a bajar la bandera nacional que se encontraba izada en el frontis del edificio consistorial, ubicado en avenida Pedro de Valdivia 810, procediendo a prenderle fuego por uno de sus extremos, para luego huir del lugar.

Posteriormente, en la avenida Pedro de Valdivia, a pocos metros de calle General Körner y frente a un supermercado, el imputado procedió a lanza una piedra en contra del personal policial que se había apostado en la cercanía, siendo detenido por carabineros en calle Saturnino Epulef esquina Colo Colo.

Asimismo, se estableció que el imputado Quezada Collinao no contaba con permiso ni salvoconducto para transitar por la vía pública en horario de toque de queda, restricción decretada para evitar la expansión de la pandemia de covid-19.

Juan Carlos Stone

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