• 25 de diciembre de 2024

Suprema Ordena Consulta Indígena Por Proyecto de Mejoramiento Del Parque Nacional Villarrica

La Tercera Sala del máximo tribunal, acogió los recursos de protección presentados en contra del Gobierno Regional y Conaf, que habían considerado que no existía afectación a las comunidades que habitan en la zona y no era necesario realizar una consulta indígena, en el marco del proyecto “Mejoramiento Integral Zona de Uso Público Parque Nacional Villarrica”.

Imagen referencial.

La Corte Suprema acogió los recursos de protección presentados en contra de la Corporación Nacional Forestal (Conaf) y el Gobierno Regional de La Araucanía y  ordenó iniciar proceso de consulta indígena sobre proyecto de mejoramiento del Parque Nacional Villarrica, en la forma que establece el Convenio 169 de la OIT, suscrito por Chile.

En la sentencia, la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los Ministros Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval, Ángela Vivanco, Adelita Ravanales y el abogado integrante Álvaro Quintanilla– estableció el actuar arbitrario e ilegal de las entidades públicas al decidir que no procede la consulta indígena por, en su opinión, no existir afectación a las comunidades que habitan y utilizan espacios ceremoniales y culturales en zonas que serán intervenidas.

El fallo del máximo tribunal sostiene que “corresponde tener presente que todo proceso que derive en decisiones que puedan afectar alguna realidad de los pueblos originarios supone que sea ejecutado desde la particularidad, esto es, considerando que la adecuación ha de hacerse en dirección a ella, porque de obrarse de modo distinto no llegaría a considerar los intereses de tales minorías. Ello ha de ser así porque es claro que las medidas que se adopten deben orientarse a salvaguardar las personas, las instituciones, los bienes, el trabajo, las culturas y el medio ambiente de los pueblos interesados”.

“No resulta admisible el argumento de la autoridad administrativa, en orden a que la consulta indígena no procedía por no existir afectación a las comunidades y personas naturales en nombre de quienes se recurre, puesto que la obligatoriedad de este proceso exige únicamente una afectación potencial, cuya materialización será precisamente analizada en el marco de la señalada consulta”, agrega la resolución.

De esta manera, El Gobierno Regional y Conaf deberán iniciar un proceso de Consulta Indígena con las personas y comunidades indígenas que se ubiquen al interior del Parque Nacional Villarrica, en el marco del proyecto “Mejoramiento Integral Zona de Uso Público Parque Nacional Villarrica”.

Juan Carlos Stone

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