• 15 de noviembre de 2024

Tribunal Oral De Temuco Condena A 7 Años De Presidio Efectivo A Padre De Menor Por Abuso Sexual

 Tribunal Oral De Temuco Condena A 7 Años De Presidio Efectivo A  Padre De Menor Por  Abuso Sexual

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco condenó a R.E.P.D.A. a la pena de 7 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado y reiterado de abuso sexual de persona menor de 14 años. Ilícito perpetrado entre los años 2015 y 2017 en la comuna.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Leonel Torres Labbé (presidente), Luis Torres Sanhueza y Roberto Herrera Olivos (redactor)– aplicó, además, a R.E.P.D.A., a las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena además, al pago de las costas del procedimiento.

Asimismo, el acusado quedó privado, respecto de la víctima, de la patria potestad si la tuviere o inhabilitado para obtenerla si no la tuviere y, además, de todos los derechos que por el ministerio de la ley se le confirieren respecto de la persona y bienes del ofendido, de sus ascendientes y descendientes. Se le imponen además las penas de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la Ley designa, y a la sujeción de vigilancia de Carabineros de Chile de su domicilio, por el periodo de diez años siguientes al cumplimiento de la pena corporal impuesta, para lo cual deberá informar a dicha autoridad policial, cada tres meses, su domicilio actual, y la pena de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren relación directa y habitual con personas menores de edad.

Además, se le impuso al sentenciado la prohibición de acercarse a la víctima, a su domicilio o lugar de estudios o trabajo, en un radio de 50 metros, como asimismo la prohibición de acercarse a este último en cualquier lugar público o privado en que se encuentre, por el plazo de diez años a contar de que la sentencia se encuentre firme y ejecutoriada.

También, deberá determinarse la huella genética del sentenciado, a través de la toma de muestras correspondientes, para ser incluida en el Registro de Condenados.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que entre marzo de 2015 y junio de 2017, al interior de los domicilios emplazados en las calles Zenón Ortíz y Folilco, ambos de la comuna de Temuco, el acusado aprovechando que la víctima, su hijo nacido en agosto de 2003, de 12 y 13 años de edad en la en la época de los hechos, se encontraba acostado a su lado, bajo su cuidado, le realizó en varias oportunidades, actos de significación sexual y de relevancia en su contra.

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Juan Carlos Stone

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