• 26 de diciembre de 2024

El 31 vence plazo para que organizaciones remitan Registro de Comuneros actualizado a la DGA del MOP

 El 31 vence plazo para que organizaciones remitan Registro de Comuneros actualizado a la DGA del MOP

• El objetivo es contar con información precisa sobre los derechos de aprovechamiento de aguas y tener certeza para una mejor gestión en términos de disponibilidad y distribución de las aguas.

La Dirección General de Aguas del MOP  y de acuerdo a lo establecido  en el Código de Aguas, en el artículo 122 bis, cada año solicita a las organizaciones de usuarios el envío del Registro de Comuneros actualizado, trámite cuyo plazo expira este 31 de diciembre próximo.  

La información la dio a conocer el Director Regional de Aguas de La Araucanía, Eduardo Abdala, quien  manifestó que el registro debe contener los derechos de aprovechamiento de aguas de cada uno de los integrantes de la organización, el número de acciones y las mutaciones de dominio que se produzcan.

“La legislación es clara, el plazo para cumplir dicha gestión es todo el año y expira el 31 de diciembre. Aquellas organizaciones de usuarios que no realicen el envío de la información estarán sujetas a multa y además, no se les recepcionará solicitud sobre registros de modificaciones estatutarias o cualquier otra relativa a derechos de aprovechamiento”, indicó Abdala.

Agregó que, “en la región de La Araucanía existen 10 organizaciones de usuarios -entre asociaciones de canalistas y comunidades de aguas superficiales -, y que “el objetivo de contar con el Registro de Comuneros debidamente actualizado, es manejar información precisa sobre los derechos de aprovechamiento de aguas existentes y tener certeza para una mejor gestión del recurso hídrico en términos de disponibilidad y distribución de las aguas”.  

Cabe señalar que el Código de Aguas, en el artículo 205, indica que la comunidad deberá llevar un Registro de Comuneros en el cual se anotarán los derechos de agua de cada uno de ellos, el número de acciones y las mutaciones de dominio que se produzcan (ventas, herencias, cambio de puntos de captación, etc.). Asimismo, se explicita que no se podrán inscribir dichas mutaciones en el Registro de Comuneros mientras no se practiquen las inscripciones en el Registro de Aguas del Conservador de Bienes Raíces.
 

El registro debe ser remitido en formato digital al correo electrónico de la oficina de partes virtual de la DGA Región de La Araucanía  
dga.partes.araucania@mop.gov.cl
, de acuerdo al archivo disponible en la página web del Servicio en la sección https://dga.mop.gob.cl/Paginas/oua.aspx Cualquier consulta relativa a lo anterior, comunicarse con la Dirección Regional en el teléfono (45) 2462266 o presencialmente en calle Bulnes N° 897, Piso 8, Temuco.

Juan Carlos Stone

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